Aquellas actividades de tratamiento de datos en las que se realizan transferencias internacionales de datos a organizaciones que no están ubicadas en la UE. En caso de que existan transferencias internacionales, será necesario documentar la existencia o ausencia de una Decisión de suficiencia aprobada por la UE o de garantías apropiadas. En caso de que no existan o de que tales transferencias internacionales impliquen posibles consecuencias o tenga un impacto negativo en los interesados, deberá solicitarse autorización a la Autoridad de Control. |
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